viernes, 23 de mayo de 2014

¿Una ley antipiquetes?

La cuestión de los cortes de calles, rutas, caminos, etcétera se ha convertido en un clásico de nuestro país. Con ellos se pretende reclamar ante injusticias, manifestar descontento frente a alguna situación, obtener respuestas a determinadas situaciones, etcétera. Todas estas pretensiones son completamente legítimas y atendibles, y de eso no creo que haya discusión posible. 
Pero más allá de la legitimidad de los motivos que llevan al corte de una ruta, creo que es una metodología que debe analizarse, y debe analizársela en profundidad y con mucha responsabilidad. 
 En principio considero que esta forma de protesta, conocida como "piquetes" puede resultar molesta para quienes desean llegar a su lugar de trabajo, llevar sus hijos a la escuela, simplemente transitar, salir de viaje de negocios o de recración. Y no sólo molesta, sino que además implica limitar el ejercicio de actividades que tienen el derecho a realizar, amparados por normas de la más alta jerarquía.  
Ahora bien, montar un piquete (palabra con cierta connotación negativa, que invito a olvidar para hacer una lectura lo más imparcial posible) también puede ser encuadrado dentro de los derechos que mayor jerarquía tienen dentro del ordenamiento jurídico nacional, porque es un hecho indubitable que la Constitución reconoce derechos como peticionar, ser escuchados, protestar, o simplemente, expresarse en forma libre.  
En este sentido, hay quienes dan preminencia al derecho los que manifiestan, y quienes- en contrario- creen que son superiores los derechos que el llevar a cabo un piquete resulta limitar.  
Creo que no es clara la cuestión y que es completamente opinable. De lo que sí tengo absoluta certeza es que la solución no viene del lado de matar al mensajero.  
¿Habrían cortado rutas los piqueteros de 2001, los ruralistas de 2009, o los ambientalistas anti Botnia de 2007, o los "caceroleros" de 2013 si quienes nos gobiernan hubiesen dado respuestas a sus problemáticas?  
Creo que estamos acostumbrados socialmente a tomar los atajos, porque son más cómodos y nos llevan a destino más rápido. Y una ley antipiquetes, que venga a reprimir los cortes de calle es un atajo. Un atajo que nos lleva a quitarnos el problema de encima, y dejarlo sin solución. Pero, en el fondo, hay un reclamo totalmente legítimo y atendible (en la mayoría de los casos) que estamos dejando completamente de lado. 
¿Es justo castigar al que protesta por la ineficacia de quienes nos gobiernan para encontrar instancias de negociación y diálogo que permitan solucionar las controversias? ¿Se cortarían calles si quien corresponda se acercara a intentar hallar una solución conjunta? 
Si esto hubiera sucedido, los motivos que llevaron a los protestantes a cortar calles hubiesen sido escuchados, atendidos y probablemente resueltos, y quienes desean circular para llevar adelante sus actividades cotidianas también hubieran podido hacerlo. 
Por otro lado considero que no debemos olvidar qué es la protesta y qué rol ha tenido, tiene, y tendrá en todas las sociedades que podamos analizar. 
No creo que alguien proteste porque esté aburrido en la casa. Tampoco creo que debamos generalizar y decir que todos los piquetes tienen naturaleza política. Generalmente quienes protestan lo hacen porque tienen reclamos que necesitan expresar de alguna forma que les garantice ser oidos.  
Y creo que es un ejercicio de responsabilidad ver un poco más atrás en nuestra historia reciente, para encontrar que en 2001 la gente salía a la calle porque tenia hambre, porque no tenía trabajo, porque no le alcanzaba el dinero ni siquiera para cubrir las necesidades más básicas y elementales y necesitaba que alguien, de alguna forma, le brinde- por lo menos- un principio de solución. 
No es necesario aclarar que en un marco global más abarcativo, esas protestas dieron como resultado el fin de un gobierno democráticamente elegido.  
Este ejemplo que nos pertenece y que nos toca bien profundo a los argentinos es suficiente para entender que el rol de la protesta es de transformación social: permite transformar la realidad en beneficio de quienes no tienen otra forma de ser escuchados.  
¿Y si una ley antipiquetes hubiera estado vigente en 2001? ¿Cómo hubieran terminado la situación? ¿Y si no se hubieran cortado calles en 2009 para reclamar contra ciertas retenciones? 
No debemos cometer la ingenuidad de pensar que situaciones como la de 2001 en nuestro país son sólo parte de un triste pasado cercano: siempre pueden volver a ocurrir, aunque- claro- nadie en sus cabales desea eso.  
Es menester comprender que la protesta tiene un fundamental rol social para expresar cuestiones y que las mismas sean oidas, y que suelen ser motor de importantísimas transformaciones sociales. Ejemplos de esto sobran en la historia argentina, latinoamericana y mundial. 
No debemos olvidar el papel que juegan los medios de comunicación masiva. Lamentablemente, si algo no genera impacto, los espacios de difusión a los que acceder se achican hasta casi extinguirse. Entonces, resulta- al menos- comprensible que se recurra a una forma de protesta que permita el conocimiento del móvil de la protesta. No hay otra forma de que el reclamo pueda ser sustancialmente escuchado y atendido.  
De esto el oficialismo sabe bastante: se ha encargado de batallar contra ciertos medios y de construir una importantísima red de medios de comunicación oficialistas.  
¿Desconoce entonces que una ley antipiquetes es silenciar los reclamos legítimos de las personas, que necesitan espacios mediáticos para darse a conocer? 
Por último, quiero aclarar que no desconozco la posibilidad de que un corte pueda tornarse violento, o hasta caótico. Pero también considero que el Estado ya tiene herramientas para hacer frente a esas situaciones. No es necesaria una ley antipiquetes para eso. 
Concluyendo, creo que la sanción de una ley antipiquetes desconoce ciertos derechos de la más alta jerarquía en nuestro ordenamiento jurídico, acallando voces y negando el rol transformador que ha tenido, tiene y tendrá la protesta; y que constituye un cómodo atajo que no contribuye a solucionar los problemas de las personas, como sí lo haría el reconocimiento de instancias de diálogo y negociación en aras a resolver los puntos de descontento social completamente legítimos y atendibles, además de castigar a los protestantes por la ineptitud de quienes tienen la obligación y la facultad de tomar decisiones que tiendan a brindar soluciones.

domingo, 1 de diciembre de 2013

Por ahí sea la época del año, pero me siento cargado negativamente, con muchas ganas de gritar, llorar y romper cosas. Estoy asquerosamente susceptible, y las cosas que nunca me hacen mal, ahora sí. Es extraño, pero por ahí eso habla más de mí de lo que yo creo, y el que sale a la luz ahora, es el que de verdad soy, y no al revés. ¿Las que yo creo mis fortalezas, son tales, o sólo son una coraza para no dejar expuestas mis debilidades, como un mecanismo de defensa? Qué se yo. Mañana después de rendir el coloquio, y antes de empezar con finales por ahí tenga un rato para pensar estas cosas.

Mientras, a seguir avanzando.  Pero ¿qué es avanzar?

Avanzar no es cerrar los ojos, agachar la cabeza y correr como una topadora, llevándome lo que siento y lo que pienso por delante. Avanzar es tomarme parte de mi tiempo para hacer las cosas que me gustan, es disfrutar del libro de los abrazos todos los días, abrazar a mis amigos, tomar un buen vino, darle lugar a mi olvidado corazón. Avanzar es tanto…

Pero… paradoja.


La paradoja está en creer que entiendo con claridad estos conceptos, pero hacer, perfecto, lo contrario. No me refiero al estudio, que es una gran responsabilidad. Me refiero a no poder ejercer el arte de equilibrar y darme lugar para todo.  Después de todo, la vida es eso que pasa mientras rendimos parciales y finales.

jueves, 13 de junio de 2013

No le creo nada.

Una vez más una tragedia que tiene que ver con el transporte público. Una vez más víctimas fatales, y gran cantidad de heridos. No es lo único que se repite: también el discurso y el relato de Cristina diciéndonos cuánto lo siente y se apena, y enviándole su solidaridad a las víctimas del lamentable hecho.

Ahora bien, ¿cómo hago yo para creerle a la señora Presidente? Una persona a la que auténticamente le llegan este tipo de infortunios, no toma decisiones como la que ella toma. Y no me refiero sólamente a la actitud evasiva, al no hacerse cargo, a no invertir como corresponde, a naturalizar una situación de riesgo.

Porque no puedo creer que Cristina se sensibilice con víctimas de este tipo de sucesos, si el Poder Ejecutivo  modificó tres artículos claves del anteproyecto de Código Civil 2012. ¿Cuáles? Los que se refieren a la Responsabilidad por daños del Estado, específicamente los artículos 1764, 1765 y 1766.

El Código establecía en versión presentada al Poder Ejecutivo un sistema de responsabilidad OBJETIVA del Estado principalmente. ¿Qué quería decir esto? Que ante un perjuicio al patrimonio, o a los intereses morales de una persona, cuyo causa provenga del Estado, aún a través de sus funcionarios y empleados, y de actividades lícitas y comunes de acuerdo a sus funciones, la víctima debía ser resarcida por parte del Estado sin necesidad de demostrar dolo ni culpa por parte del Estado, sino simplemente, por haber causado el daño.

Este panorama era muy alentador, ya que una persona que sufre un daño injustamente, no debe ser susceptible de discriminación de acuerdo a si quien se lo originó fue un particular o el Estado. ¿Por qué un particular respondería en mayor manera que el Estado? Este criterio siguió en su versión original el anteproyecto, y estableció esa clase de responsabilidad para este tipo de daños, pensando y privilegiando a las víctimas por sobre el orígen estatal del daño injustamente sufrido.

PERO...

Pero este anteproyecto fue sometido a una revisión por parte del Poder Ejecutivo de la Nación, que modificó estos tres artículos que establecían el sometimiento del Estado a las reglas de la responsabilidad por daños de cualquier persona, y el régimen de objetividad para dichos daños.

¿Qué puso en su lugar? Que la responsabilidad por estos daños se regirá por el derecho administrativo nacional o local, según corresponda, al igual que la de sus funcionarios. También aclaró expresamente en el artículo 1766 que las normas de Responsabilidad Civil, no son aplicables a la responsabilidad del Estado ni principal ni subsidiariamente.

Estas normas nos depositan en un panorama CONTRARIO al que promovía el anteproyecto en su versión originaria, tendiendo a un estado irresponsable por sus daños como cualquier otra persona. ¿Qué razón de ser tiene la diferencia? ¿Por qué la víctima de un daño que reconozca como autor al Estado debe ser tratada en inferioridad de condiciones que la víctima de un daño que provenga de un particular? ¿Y la igualdad ante las leyes?

Este tipo de decisiones no pueden ser tomadas por alguien a quien sensibiliza el dolor del pueblo ante hechos desafortunados como la tragedia de Once, o la tragedia de Castelar que sucedió hoy.

Una persona que quiere que el Estado no juegue el mismo rol que cualquier dañador ante los daños que genera (que son iguales a los de cualquier particular) está poniendo en riesgo el resarcimiento y la justicia para todas las víctimas de daño cuyo autor es el Estado, y no se está solidarizando, no está sensibilizado, no está dolido, ni los entiende. De ser así, estas modificaciones a la responsabilidad estatal que proponía el anteproyecto original de código civil, no hubieran existido.

En ese rol discursivo de HIPOCRESÍA, por mostrarse públicamente de una manera, pero tomar decisiones diametralmente contrarias, a mi entender, hoy está Cristina, y por eso, no le creo nada su aparente solidaridad.